El pasado 28 de febrero se ha publicado el Reglamento Delegado (UE) 2019/334 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en lo que respecta a los plazos de presentación de las declaraciones sumarias de entrada y las declaraciones previas a la salida en caso de transporte por vía marítima desde y hacia el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, las Islas Anglonormandas y la Isla de Man.
En el documento modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 del modo siguiente:
«1) En el artículo 105, letra c), se añade el inciso siguiente:
«vi) todos los puertos del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, de las Islas Anglonormandas y de la Isla de Man;».
2) En el artículo 244, apartado 1, letra a), el inciso ii) se sustituye por lo siguiente:
«ii) para la circulación de cargamentos en contenedores entre el territorio aduanero de la Unión y Groenlandia, las Islas Feroe, Islandia o puertos del Mar Báltico, del Mar del Norte, del mar Negro o del Mediterráneo, todos los puertos de Marruecos y todos los puertos del Reino Unido de Gran Bretaña Irlanda del Norte, de las Islas Anglonormandas y de la Isla de Man, a más tardar dos horas antes de la partida de un puerto situado en el territorio aduanero de la Unión;». «
Preguntas y respuestas
Además, la UE ha publicado un documento con preguntas y respuestas sobre el Brexit, dirigido a empresas de productos industriales.
El documento trata de los bienes que se encuentran en el mercado antes de la fecha de salida de UK de la UE, poniendo distintos ejemplos; habla sobre las «personas responsables» de los fabricantes que se aseguran de que se cumple la normativa, demás de interactuar con las autoridad supervisoras correspondientes; importadores de productos hacia la UE o hacia UK); transferencia de certificados de organismos notificados; acreditaciones…