Dinamarca exigirá un seguro de responsabilidad civil para las embarcaciones de recreo.
La nueva normativa busca aumentar la seguridad en el mar imponiendo sanciones en caso de accidentes o infracciones cometidas por los usuarios de embarcaciones de recreo.
El pasado 27 de octubre de 2017, el gobierno Danés presentó un proyecto de ley de consulta para mejorar la seguridad de las personas en las actividades con fines recreativos en el mar.
El proyecto de ley sometido a consulta propone exigir a los usuarios de motos acuáticas y lanchas a motor, la contratación de un seguro de responsabilidad civil en el futuro. También propone medidas para confiscar este tipo de embarcaciones en caso de conductas temerarias o reiteradas infracciones.
El ministro de Industria, Negocios y Asuntos Financieros, Brian Mikkelsen comentaba que es necesario aumentar la seguridad en beneficio de aquellos usuarios de la náutica de recreo en aguas y puertos daneses. Tras el trágico accidente ocurrido en el puerto de Copenhague el Gobierno vio la necesidad de introducir reglas más estrictas para aquellos que pongan en riesgo la seguridad.
Por su parte, el ministro de Justicia, Søren Pape Poulsen, destacaba que durante los meses de verano la presencia policial en el puerto de Copenhague se ha aumentado significativamente, sin embargo es necesaria un nueva regulación para la náutica de recreo.
Como parte de esta nueva medida del Gobierno, la Autoridad Marítima Danesa ha presentado para consulta normas sobre un nuevo certificado especial para los usuarios de embarcaciones de recreo. Estas nuevas normas requerirán que los usuarios de embarcaciones náuticas realicen en un futuro exámenes teóricos y prácticos. Al mismo tiempo, la autoridad competente se esfuerza por garantizar que las multas impuestas por las infracciones denunciadas sean consecuentes con la gravedad de cada caso.
En España, desde el 1 de julio de 1999, es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para las embarcaciones de recreo, incluyendo las motos náuticas, según aparece regulado en el RD 607/1999, de 16 de abril (.pdf, 25 kB)
El seguro obligatorio tiene por objeto cubrir la responsabilidad civil derivada de los daños materiales y personales, así como perjuicios que sean consecuencia de ellos, que por culpa o negligencia se causen a terceros, al puerto o a las instalaciones marítimas, como consecuencia de colisión, abordaje y, con carácter general, por los demás hechos derivados del uso de embarcaciones en las aguas marítimas españolas, así como por los esquiadores y objetos que éstas remolquen en la mar.