Tal y como se señala en esta Orden,podrán ser beneficiarios de dichas subvenciones las corporaciones de derecho público de base asociativa representativas del sector extractivo,las organizaciones de productores pesqueros del sector pesquero y del sector de la acuicultura,las entidades asociativas representativas del sector extractivo pesquero y acuícola,del transformador y del comercializador de productos de la pesca y la acuicultura. Estos beneficiarios,se añade,deberán presentarse en colaboración con Organismos Públicos de Investigación (OPIS),Universidades o Centros Tecnológicos adscritos al registro CIT,mediante contrato o convenio de I+D+i.
Por lo que se refiere a los criterios de valoración,las solicitudes se valorarán en hasta 45 puntos en lo que respecta a la calidad y viabilidad científico-técnica del proyecto. La aportación económica del beneficiario se valorará,por su parte,en 40 puntos. 5 puntos corresponderán al fomento de la igualdad de oportunidades,otros 5 puntos para el grado de cobertura de socios usuarios potenciales del proyecto presentado y la misma cantidad para la tasa de generación de empleo.
En cuanto a la financiación,ésta se efectuará con cargo al presupuesto del Magrama a través de la aplicación presupuestaria recogida en los Presupuestos Generales del Estado de 2015 “Desarrollo Tecnológico pesquero y acuícola”,cuya cuantía máxima es de 575.121,12 euros.
El plazo para presentarse a esta convocatoria es de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOE,que podeis consultar en el siguiente documento: