Nuevas enmiendas del Convenio sobre el Trabajo Marítimo | Revista Ingeniería Naval

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Nuevas enmiendas del Convenio sobre el Trabajo Marítimo

abril 28
00:00 2014

Estas medidas han sido elaboradas durante una década en un trabajo conjunto de la OIT y la Organización Marítima Internacional (OMI). Tendrán la forma de enmiendas al Convenio sobre el trabajo marítimo de la OIT,2006 y como consecuencia de la adopción sin oposición,serán presentadas a la Conferencia Internacional del Trabajo en mayo para su aprobación.

Estas nuevas medidas garantizarán que los marinos no sean abandonados jurídicamente,y establecerán con claridad la responsabilidad de los Estados de pabellón de verificar que exista una garantía financiera adecuada para cubrir el costo del abandono y el pago de las reclamaciones de indemnización por muerte o discapacidad de larga duración causadas por un accidente laboral o un riesgo profesional.

Las nuevas disposiciones

Las nuevas medidas imponen a los armadores la obligación de disponer de una garantía financiera para cubrir el abandono de los marinos,así como la muerte o la discapacidad de larga duración debido a un accidente laboral o un riesgo profesional.

Del mismo modo,los barcos deberán tener certificados u otros documentos que establezcan la existencia de una garantía financiera para proteger a los marinos que trabajan a bordo. El incumplimiento de esta disposición puede implicar la detención del barco en un puerto.

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