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La OMI impulsa su nueva estrategia sobre gases de efecto invernadero y adopta la ECA mediterránea

La OMI impulsa su nueva estrategia sobre gases de efecto invernadero y adopta la ECA mediterránea
diciembre 27
08:59 2022

El Comité de Protección del Medio Marino de la OMI trabaja en la revisión de la estrategia sobre gases de efecto invernadero, la elaboración del próximo paquete de medidas para reducirlos y la adopción de una nueva zona de control de emisiones.

El Comité de Protección del Medio Marino (MEPC 79) de la Organización Marítima Internacional (OMI) ha avanzado en la revisión de la estrategia original de la OMI sobre gases de efecto invernadero con vistas a adoptar una estrategia revisada mejorada en el MEPC 80 a mediados de 2023.

«Tomo nota y acojo con satisfacción los avances realizados en estas cuestiones. Nunca se insistirá lo suficiente en lo crucial que es que mantengamos el impulso y presentemos una Estrategia revisada sobre los GEI de la OMI ambiciosa y justa en el MEPC 80 el próximo año»

Secretario General de la OMI, Kitack Lim

La revisión de la estrategia de la OMI en materia de GEI tuvo lugar en el contexto del Grupo de Trabajo Intersesional (ISWG-GHG 13), que se reunió del 5 al 9 de diciembre de 2022, y del Grupo de Trabajo sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de los buques, que se reunió durante el MEPC 79.

La Comisión reafirmó su compromiso de: adoptar la estrategia revisada de la OMI sobre GEI, en todos sus elementos, incluido un mayor nivel de ambición que el MEPC 80; continuar su trabajo para identificar posibles medidas de reducción de GEI que el MEPC 80 deberá desarrollar como prioridades como parte de un paquete de medidas que comprenda elementos técnicos y económicos, en línea con el plan de trabajo; y llevar a cabo una evaluación de impacto exhaustiva.

Se espera que el MEPC 80, que se reunirá del 3 al 7 de julio de 2023, adopte una estrategia revisada de la OMI para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de los buques.

Resoluciones revisadas sobre la cooperación voluntaria con los puertos y sobre los planes de acción nacionales

El MEPC adoptó resoluciones revisadas sobre la cooperación voluntaria con los puertos y sobre los planes de acción nacionales para reducir las emisiones de GEI procedentes del transporte marítimo. Las enmiendas (a la resolución MEPC.323(74) y a la resolución MEPC.327(75)) incluyen referencias a la facilitación de la cooperación voluntaria a lo largo de toda la cadena de valor para crear condiciones favorables para reducir las emisiones de GEI de los buques, incluso mediante la cooperación con los puertos, las rutas marítimas y los centros marítimos.

  • Invitación a los Estados Miembros a fomentar la cooperación voluntaria entre los sectores portuarios y el transporte marítimo para contribuir a la reducción de las emisiones de GEI procedentes de los buques.
  • Fomento de la elaboración y la presentación de planes de acción nacionales voluntarios por parte de los Estados Miembros con miras a abordar las emisiones de GEI procedentes de los buques

Zona de control de las emisiones de óxidos de azufre y materia particulada del mar Mediterráneo

El MEPC ha adoptado enmiendas relativas a la designación del Mar Mediterráneo en su conjunto como zona de control de las emisiones de óxidos de azufre y partículas con arreglo al anexo VI de MARPOL. Dentro de esta zona de control de emisiones, el límite del contenido de azufre de los combustibles utilizados a bordo de los buques es del 0,10 % en peso, mientras que fuera de esta zona el límite es del 0,50 % en peso. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de mayo de 2024 y los nuevos límites se aplicarán a partir del 1 de mayo de 2025.

Esta medida garantizará un aire más limpio para los residentes de la zona mediterránea.

Se trata de la quinta zona de control de emisiones de óxidos de azufre y partículas del mundo: la zona del Mar Báltico, la zona del Mar del Norte, la zona de América del Norte (incluidas las zonas costeras designadas en Estados Unidos y Canadá) y la zona del Mar Caribe en Estados Unidos (alrededor de Puerto Rico y las Islas Vírgenes estadounidenses).

Libro registro de basuras obligatorios para los buques más pequeños

El MEPC ha aprobado una serie de enmiendas al anexo V de MARPOL que obligan a los buques de más de 100 toneladas de arqueo bruto y menos de 400 toneladas a llevar un libro de registro de desechos. Esto amplía la obligación de llevar un libro de desechos a los buques más pequeños, que tendrán que llevar registros de la eliminación de desechos, es decir, descargas en instalaciones receptoras en tierra o en otros buques, incineración de desechos, permiso para descargar desechos en el mar y descargas accidentales u otras pérdidas de desechos en el mar.

La medida apoya la aplicación de estrategias y planes de acción para abordar el problema de los residuos plásticos de los buques.

Protección de las aguas del Ártico: acuerdos regionales para las instalaciones portuarias de recepción

El MEPC adoptó las enmiendas a los Anexos del Convenio MARPOL para permitir que los Estados con puertos en la región del Ártico suscriban acuerdos regionales para las instalaciones portuarias de recepción. Las enmiendas se refieren a los Anexos I (hidrocarburos), II (sustancias nocivas líquidas), IV (aguas sucias), V (basuras) y VI (contaminación atmosférica) del Convenio MARPOL. Está previsto que las enmiendas entren en vigor el 1 de mayo de 2024. También se acordaron las enmiendas a las «Directrices de 2012 para la elaboración de un plan regional de instalaciones de recepción» (resolución MEPC.221(63)) conexas.

EEXI, CII y los valores de calificación

El MEPC adoptó enmiendas al apéndice IX del Anexo VI del Convenio MARPOL sobre la notificación de valores obligatorios relacionadas con la implantación de la medida de reducción de los GEI a corto plazo de la OMI, incluidos el EEXI, CII obtenido y los valores de calificación presentados al sistema de recopilación de datos sobre el consumo de fueloil de los buques (DCS de la OMI).

Punto de inflamación del fueloil en la nota de entrega de combustible

El MEPC adoptó las enmiendas al apéndice V del Anexo VI del Convenio MARPOL, para incluir el punto de inflamación del fueloil o una declaración de que la medición del punto de inflamación ha arrojado un valor igual o superior a 70 ºC como información obligatoria en la nota de entrega de combustible (BDN). Está previsto que las enmiendas entren en vigor el 1 de mayo de 2024.

Zona marina especialmente sensible (ZMES) en el mar Mediterráneo noroccidental

El MEPC se mostró de acuerdo, en principio, con la designación de la zona marina especialmente sensible (ZMES) en el mar Mediterráneo noroccidental, que supondrá una importante contribución a la protección de los cetáceos en estas aguas.

Convenio sobre la gestión del agua de lastre (Convenio BWM)

El MEPC aprobó el proyecto de enmiendas al apéndice II del anexo del Convenio sobre la gestión del agua de lastre (Convenio BWM), relativo al Modelo de libro registro del agua de lastre.

«No podemos levantar el pie del acelerador, en este momento, la cooperación y el diálogo que caracterizan a la OMI, y no menos a este Comité, serán más importantes que nunca para cumplir lo que se espera de nosotros para hacer frente al cambio climático, pero también a la pérdida de biodiversidad y a la contaminación del mar»

Secretario General de la OMI, Kitack Lim

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