En el BOE del 5 de marzo de 2019 se ha publicado la Resolución de 26 de diciembre de 2018, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el Anexo 1 D de la Orden FOM/1658/2015, de 24 de julio, por la que se modifica la Orden FOM/2554/2006, de 27 de julio, por la que se establece el procedimiento de control para el reintegro a las empresas navieras del importe de las bonificaciones al transporte marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Según el Real Decreto 1316/2001, por el que se regula la bonificación en las tarifas de los servicios regulares de transporte aéreo y marítimo para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla establece, en su artículo 4, que la Dirección General de la Marina Mercante es el órgano gestor de las bonificaciones al transporte marítimo.
Con el objeto de facilitar la gestión informatizada de las bonificaciones se establecen reglas actualizadas sobre los ficheros informáticos entregados por las empresas navieras con la relación de embarques correspondientes a los billetes bonificados como los ficheros que contienen la certificación a la correspondiente.
El BOE establece las reglas que deben de seguir tanto los nombres de los ficheros informáticos como el formato del contenido de los mismos, estableciendo la estructura de las líneas del contenido y el formato del fichero (texto ASCII con extensión .txt o comprimidos con extensión .zip).