Las autoridades del Canal de Panamá han establecido, siguiendo las recomendaciones anuales de velocidad y tráfico marítimo de la Organización Marítima Internacional (OMI), un límite de velocidad de 10 nudos por áreas de navegación establecidas con el objetivo de proteger las principales zonas de migración y avistamiento de cetáceos.
Las limitaciones estarán vigentes desde el 1 de agosto al 30 de noviembre de 2019, periodo en el que es común la presencia de estos animales en las aguas próximas al Canal.
“El Canal de Panamá está comprometido con la biodiversidad y el desarrollo sostenible, por lo que promueve la conservación de los cetáceos mediante un llamado al seguimiento de las recomendaciones y guías establecidas por los dispositivos de tráfico marítimo existentes. Estas medidas no sólo buscan proteger a los cetáceos de colisiones con las embarcaciones, sino también una ordenación adecuada en los océanos”, dijo el administrador Jorge Luis Quijano.
Esta medida es parte de las recomendaciones contenidas en la publicación de la OMI denominada “Organización del Tráfico Marítimo”, cuyo objetivo es acrecentar la seguridad de la navegación en zonas de convergencia y en aquellas otras en que hay gran densidad de tráfico o en las que la libertad de movimiento de los buques se ve disminuida por restricciones de espacio, obstáculos para la navegación, limitaciones de profundidad o condiciones meteorológicas desfavorables.